Sobre la libertad de expresión

Una perspectiva jurídica y ética



Uno de los derechos fundamentales de las sociedades democráticas es el derecho a la libertad de expresión. Como indica una obra especializada, "libertad de expresión es la libertad de expresar pensamientos, ideas o creencias a través de la palabra (escrita u oral), la expresión artística, científica, etc." Por supuesto, en esos ordenamientos jurídicos incluido el español, esa libertad de expresión tiene sus límites lógicos. Uno de esos límites es el derecho al honor. Otro es el respeto a los sentimientos religiosos de la persona. Trato justo y equitativo para todos

En el derecho español actual, la protección de los sentimientos religiosos corresponde primero a los de la persona individual, mucho más que a los de cualquier confesión religiosa. Se ha entendido que se debe otorgar el máximo nivel de protección a la dignidad individual, fundamento último de los derechos y libertades que se reconocen al ciudadano.

Cuando se critica abiertamente las creencias de una confesión religiosa puede surgir la cuestión de hasta dónde se puede llegar sin que las personas que forman parte de ella sientan que se conculcan sus derechos. J. Ferreiro Galguera, en su libro Los límites de la libertad de expresión. La cuestión de los sentimientos religiosos, trata este asunto cuando dice:

"En una sociedad democrática basada en la dignidad, pero también en la libertad, lo que se ha de erradicar son sencillamente las expresiones del lenguaje del odio en todas sus variantes. Una cosa es cuestionar, criticar dogmas o doctrinas religiosos (que son el soporte material de los sentimientos religiosos) y otra muy distinta es intentar vejarlos y mancillarlos gratuitamente." -Servicio Publicaciones Facultad de Derecho Universidad Complutense Madrid
Parece entonces que el entender esa diferencia es importante. Queda claro según el derecho español, que ninguna persona debería recibir vejación ni expresiones de odio debido a sus creencias religiosas. Por otro lado, no habría que olvidar tampoco que el derecho a la libertad de expresión es también un derecho importante en una sociedad democrática. Sobre este mismo asunto, José Antonio Souto Paz, en su libro Comunidad política y libertad de creencias, dice:
"Parece obvio que no se puede vetar cualquier manifestación que afecte de una u otra forma a los sentimientos religiosos del individuo, como es el caso del cuestionamiento o la crítica de ciertas doctrinas religiosas, ya que ello no solo forma parte del legítimo juego dialéctico, sino que es además consustancial al contenido esencial de la libertad de expresión.

"La Corte de Estrasburgo, en su sentencia Otto-Preminger Institut vs. Austria, confirma esta idea al afirmar que 'aquellos que deciden ejercer la libertad religiosa, pertenezcan a un grupo religioso mayoritario o minoritario, no pueden, obviamente, esperar estar al margen de toda crítica. Deben tolerar y aceptar el rechazo y la negación que otros hagan de sus creencias religiosas e incluso la propagación por terceros de doctrinas hostiles a su fe.'"
-Marcial Pons, Madrid, 1999

Se muestra así, cómo en una sociedad democrática, lo que debería prevalecer es un equilibrio entre el respeto a las creencias religiosas de la gente y la libertad de expresión, pues según se indica, una sociedad así estaría basada "en la libertad y en la dignidad." De modo que no tendría por qué haber colisión entre ambos derechos.

Considerado lo anterior, surge ahora una reflexión interesante: si el derecho es capaz de establecer unas pautas éticas tan elevadas cuando regula la libertad de expresión y el derecho al honor, ¿debería ser inferior la norma para los que se rigen además por principios religiosos? ¿Habría alguna justificación para que alguien usara el "lenguaje del odio", la "vejación gratuita" o el ridículo satírico para poner de manifiesto las creencias o los defectos morales de otros? No parece que debiera ser así, sobre todo si se tiene en cuenta que lo principal es el profundo respeto a la dignidad humana. En el cristianismo, por ejemplo, no faltan expresiones en ese sentido, como "quien dice que está en la luz y odia (aborrece, NBJ) a su hermano está aún en las tinieblas" (1ªJuan 2:9), o "A un siervo del Señor, no le conviene altercar, sino ser amable con todos, sufrido." (2ª Timoteo 2:24) Lo mismo ocurre con expresiones parecidas que pueden encontrarse en los libros sagrados de otras religiones. No obstante, es triste reconocer que en mucho de lo que se publica, incluído Internet, aparecen expresiones no solo de crítica o de cuestionamiento pacífico de doctrinas religiosas, sino también de "lenguaje del odio" o "vejación gratuita" cuando se denuncia a confesiones religiosas. Se olvida muy a menudo que la inmensa mayoría de las personas que los componen son personas de fe que desean hacer la voluntad de Dios y vivir vidas rectas y pacíficas. Sin embargo, en otras ocasiones ocurre que son los mismos dirigentes religiosos los que más allá del respeto y la tolerancia, inculcan en sus seguidores odio y desprecio desmesurado por quienes no forman parte de su propio movimiento.

El tema es extremadamente sutíl pues el adoctrinamiento que se recibe en ciertos entornos es constante y su efecto a veces no muy positivo. La falta de ética por parte de los que permiten y enseñan esa política de "aborrecimiento" a quien no piensa igual, solo recuerda al mismísimo espíritu de la Inquisición, que despreciaba absolutamente todos los derechos y libertades de la persona humana, mientras afirmaba que obraba 'en el nombre de Dios.'

De modo que, ¿quién tiene el derecho de usar su libertad de expresión para "odiar", "vejar" o "mancillar" a otros? Puede tratarse de los ataques desmesurados o llenos de odio de personas particulares contra alguna confesión religiosa, o al revés, que sean los líderes de una confesión religiosa los que a través de su propaganda mancille o veje el honor y buen nombre de otros. Y el tema todavía podría extenderse a muchos otros campos, como el de quienes trabajan en los medios de comunicación, cuya gran responsabilidad debería consistir en pensar dos veces antes de hablar o de escribir para que el resultado final no fuera dañar injustamente la imagen y el buen nombre de otros. Y es que ninguna ley, jurídica o moral, podría justificar semejante conducta cuando lo que está en juego es el respeto a la dignidad humana.

Sin duda vivimos en un mundo en que, en ocasiones, es necesario denunciar la injusticia, la conculcación de los derechos humanos o la falsedad. Pero parece también necesario tener en cuenta que, tanto desde la perspectiva del Derecho como desde los altos valores éticos, no todos los modos tienen por qué ser lícitos, sobre todo si lo que se desea como meta final es rectificar las cosas para lo que es bueno, educar en la justicia o contribuir a la edificación de los demás.

Esteban López
Julio 2000

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